1 dic 2010

un modelo de visita pastoral. Aýna (1766)

Panorámica de Aýna
La visita pastoral constituye una de las instituciones más antiguas de la Iglesia, y surge  como consecuencia de la exigencia que tienen los obispos de visitar sus respectivas diócesis siendo utilizada por lo tanto como vehículo para profundizar en el conocimiento sobre el estado espiritual y moral del clero y sus feligreses. Las primeras referencias legislativas sobre esta cuestión aparecen ya en los concilios de época visigoda, aunque algunos autores remontan éstas a tiempos apostólicos.
Las visitas fueron práctica extendida en la Edad Media, aunque no adquirirán el carácter de norma obligatoria hasta el Concilio de Trento (1545-1563), como afirma Cárcel Ortí,[1] que marca así un punto de inflexión al unificar todas las normas y criterios relativos a éstas, como recoge el concilio en una de sus últimas sesiones.[2] Una vez publicados, difundidos y aplicados estos decretos tridentinos, las visitas pastorales incidirán en una primera época sobre todo en la dimensión pastoral y moral de clérigos y laicos, aunque con el paso del tiempo –sobre todo en el siglo XVIII– su incidencia versará más sobre los aspectos materiales y  administrativos.
LA VISITA PASTORAL Y SU FINALIDAD.
Desde Trento, la visita pastoral personifica uno de los instrumentos más poderosos con los que contó la Iglesia para conseguir los fines reformistas que resultaron del mismo, imponiéndose a los obispos la obligación de realizarla en todo el territorio de sus respectivas diócesis, estableciéndose para ello una frecuencia anual que se ampliaría para los casos de circunscripciones más extensas como era la toledana. Pocos fueron los obispos que recorrieron pueblo a pueblo sus diócesis, anteponiendo para ello diversos impedimentos, justificados o no, lo que dio lugar a que la visita fuera realizada por un visitador elegido al efecto, cuyo nombramiento recaería generalmente  entre prelados o vicarios.
Si bien el desarrollo de la visita o modus visitandi quedó suficientemente establecido en las normas surgidas de Trento, es patente la existencia de un importante número de eclesiásticos –sobre todo en el medio rural–, que no estaban suficientemente preparados para el ejercicio pastoral, como se venía manifestando en diversos sínodos de la época, lo que probablemente facilitó la aparición de manuales con instrucciones detalladas y precisas para poder solventar con éxito cualquier situación. Es el caso de la obra de Francisco Ortiz de Salcedo: Curia Eclesiástica..[3], en cuya introducción el autor manifiesta sentir vergüenza por el desinterés en que se encuentra la práctica de los oficios eclesiásticos, indicándonos como probable causa de ello el continuo acceso a los oficios religiosos de personas de poco saber y nula experiencia.
Mapa Vicaria de Alcaraz (fragmento)
Para llevar a buen término la visita, se recomendaba que el visitador fuera moderado en cuanto a la servidumbre y equipaje que llevara en su comitiva,[4] procurando asimismo prescindir de gastos inútiles que gravasen la reducida economía de la villa, pues era el Ayuntamiento el que generalmente asumía los gastos de hospedaje y alimentación; en este sentido y en determinadas épocas de crisis, se levantaron voces pidiendo que la frecuencia de las visitas se dilatara más en el tiempo. Del mismo modo, en aras a una mayor objetividad y libertad en la realización de este cometido, se aconsejaba seguir una serie de recomendaciones,  evitando por ejemplo hospedarse en la casa del cura o su teniente, así como rechazar cualquier tipo de presentes que pudieran influir en sus decisiones, puesto que por la realización de la visita se percibían honorarios además del Derecho de Procuración.           Este consistía en el cobro de cierta cantidad   – variable en función del número de Actas – que se percibía del caudal de la fábrica de la iglesia y de los mayordomos de las diversas cofradías, patronatos, fundaciones, etc. con ocasión de la toma de cuentas de sus libros y de las visitas de inspección realizadas a iglesia, capillas, ermitas, hospital y otros. Estas cantidades variaron en el tiempo y entre las diversas diócesis; en Aýna sabemos que por la visita realizada a las cuatro ermitas existentes se pagaron dieciséis ducados. En cualquier caso, la llegada del visitador[5] y su comitiva, en la que siempre figuraba un notario-escribano, a las pequeñas y alejadas villas de la diócesis toledana, era acogida con gran expectación por un numeroso grupo de vecinos que participaban en la celebración de los oficios religiosos.


Plano de Ayna y su anejo Elche. Catastro de Ensenada. AHPA.
El ritual establecía el inicio de la visita con la asistencia a la iglesia parroquial de todos los mayores de catorce años que no estuviesen impedidos, iniciando la misa el párroco del lugar, lo que convenía al visitador para cumplir uno de sus fines, como era la evaluación de los conocimientos litúrgicos del mismo.

 Una vez acabado el evangelio, se daba lectura por parte del notario a la Carta o Edicto General [6] de pecados públicos, como era preceptivo, iniciando con este acto la visita propiamente dicha:
“A vos los fieles cristianos, vecinos y moradores, estantes y habitantes en esta villa y su partido, de cualquier estado, calidad y condición que seáis…exhortamos y requerimos y en virtud de santa obediencia mandamos manifestéis ante nos lo que supieredes y hubieredes oído decir de qualesquier pecados públicos…” [7]
Recordemos que la finalidad de las visitas, como se exponía en Trento y otros concilios posteriores, además de controlar los bienes y rentas eclesiásticos e inspeccionar los templos y sus ornamentos, no era otra que reformar las costumbres de clérigos y laicos  erradicando los pecados públicos, es decir, eliminando vicios e implantando virtudes.

Concluida la misa, la comitiva se dirigía en procesión cantando veni creator Sancti Spiritus hacia la pila bautismal y los Santos Óleos[8] para su inspección, como viene indicado en algunas instrucciones,[9] continuando un minucioso reconocimiento ocular, tanto de fábrica, dependencias y cementerio, como de altares, libros y objetos litúrgicos, comprobando de este modo la existencia de posibles desperfectos y que la limpieza y decencia fueran las correctas para el lugar.


La visita de la parte material terminaba con la inspección de ermitas, hospital, capellanías, cofradías, patronatos, colecturías, etc. de cuyas peculiaridades se encargaba el notario de levantar acta que solía anotarse en el libro de fábrica, quedando así constancia escrita de cualquier deficiencia observada, y concediéndosele  un plazo de tiempo prudencial para su corrección. Es lo que conocemos como mandatos de visita. 

Iglesia de Santa María de lo Alto (Aýna)
AÝNA Y LA VISITA DE 1766: EL EDICTO GENERAL.



En referencia a las visitas pastorales, lo correcto es que los documentos relacionados con ellas se encontraran agrupados, integrando el llamado libro de visitas, pero esto no es lo habitual, y, frecuentemente, documentos relativos a éstas se encuentran mezclados con otros, formando parte de amplios fondos aún por clasificar que custodian los archivos diocesanos. En el caso del Archivo Diocesano de Albacete, han aparecido en los fondos sin clasificar de la vicaría de Alcaraz dos conjuntos de documentos,[10] cosidos al hilo, de siete y diecinueve hojas respectivamente, separados entre sí,  referidos ambos a la misma visita eclesiástica realizada por el vicario de esta ciudad a la iglesia de Ayna, entre los días 2 al 4 de octubre de 1766.
En estos documentos, el notario deja constancia de un edicto que el vicario mandó fijar en la puerta principal de la iglesia, con el fin de poner en conocimiento de los vecinos que disfrutaban de algún derecho de propiedad sobre las capillas y sepulturas existentes en la iglesia parroquial, para que se personasen ante él  en un plazo de 24 horas con los títulos de propiedad, ya que de no hacerlo así serían declarados nulos. También documentalmente se requiere de D. Juan Belmonte, cura propio de
la villa, para que informe detalladamente sobre las rentas obtenidas en su curato, solicitándole asimismo si tiene conocimiento de la existencia de algún escándalo causado en este pueblo por eclesiástico o secular. Sin embargo, el contenido más importante es el formado por un interrogatorio secreto compuesto por cuarenta preguntas cuyo fin es el de obtener información veraz sobre la conducta de clérigos y laicos del lugar. A este interrogatorio han de responder unas personas concretas, previamente elegidas como “… testigos de la primera distinción de esta villa…”, a las que se les toma juramento. En esta visita las personas elegidas serían tres: Esteban Roldán, como Alférez Mayor perpetuo, Pedro García Frías, como Síndico General y Mateo Sánchez Felipe. Sus respuestas fueron las siguientes:                   
Primeramente serán preguntados por el conocimiento del cura propio y demás eclesiásticos, sacristán y vecinos del pueblo y si les tocan las generales con alguno de dichos eclesiásticos. –A la primera dijeron no ser parientes ni tocarle las generales con D. Juan de Belmonte, cura propio de dicha villa ni con D. Diego Rodríguez, sacristán ni con otro algún eclesiástico ni de D. Juan de Ocaña, teniente de cura.
Si saben cómo se llama dicho cura, cuánto tiempo a que lo es y porqué lo saben. –A la segunda dijeron que dicho D. Juan de Belmonte es cura de esta villa y de su anejo Elche, como tres meses poco más.
Si saben si dicho cura desde que lo es en este pueblo ha residido en su curato, y si ha faltado a  dicha residencia  y porqué tiempo y con qué motivo y licencia. –A la tercera dijeron que ha residido en dicho tiempo este curato.
Si saben si alguno de sus feligreses ha muerto sin sacramentos por omisión de dicho cura y si les dice misa y qué días. –A la cuarta dijeron que no se ha muerto sin sacramentos feligrés alguno y que les dice misa todos los más días.
Si saben si vive bien y da buen ejemplo. –A la quinta dijeron  que sí.
 
Si saben si sirve por sí su curato y solamente para ayuda se sirve de tenientes. –A la sexta dijeron que sí.
Imagen de Cristo crucificado hallada en la pared de subida al coro de la ermita de los Remedios de Ayna. Detalle
Si saben si visita y consuela a los enfermos y los ayuda a bien morir. –A la séptima dijeron que sí.
Si saben si la Iglesia, Sagrario, ornamentos y Santos óleos están limpios y aseados.
–A la octava dijeron que sí.
Si saben si cuida del reparo de la Iglesia. –A la nueve dijeron que sí.
Si saben si procura se cumplan las Memorias y Capellanías. –A la diez dijeron que sí.
Si saben si los Divinos Oficios se cantan y con decencia. –A la once dijeron que sí.
Si saben si explica el Santísimo Evangelio y doctrina cristiana todos los domingos y fiestas principales, o cuando. –A la doce dijeron que sí lo hace los más de los domingos.
Si saben si tiene en el archivo recogido los papeles de la Iglesia. –A la trece dijeron que sí.
Artesonado de la Ermita de Ntra. Sra. De los Remedios de Aýna tìpicamente mudéjar,con armadura de par y nudillo, ataujerada y cuadrangular, realizada en madera de pino con dos pares de tirantes centrales que apoyan en modillones y cuatro tirantes de ángulo que descansan en canes. La decoración alterna lazos, estrellas y rombos con un pinjante central.
Si saben si corrige los pecados públicos y si no hay fruto, si da cuenta a los jueces.
–A la catorce dijeron no saber haya pecado alguno público.
Si saben si se escriben, y bien los bautismos, bodas y entierros. –A la quince dijeron que sí.
Si saben si dicho cura es limosnero, y en qué grado. –A las dieciséis dijeron es muy limosnero.
Si saben si reza el rosario en la iglesia, y en qué días, y si ha fundado otras devociones expresen cuales. –A la diecisiete dijeron que se reza todos los días de fiesta y algunos de trabajo.
Si saben si es cuerdo y prudente en sus acciones. –A la dieciocho dijeron ser muy prudente.
Si saben si es colérico y áspero o suave y sufrido. –A la diecinueve dijeron ser muy sufrido.
Si saben si lleva dineros demasiados. –A la veinte dijeron la ignoran.
Si saben si deja enajenar o enajenados los bienes de la iglesia. –A la veintiuna dijeron que no.
Fragmento de rostro en terracota aparecido junto al material de relleno en las obras de restauración de la Ermita de Ntra. Sra. de los Remedios. Foto cedida por Jesús Moreno.

Si saben si tiene anejos y cuida de ellos, expresen cuales son. –A la veintidós dijeron tiene por anejo que es Elche, y
como hace poco que vino, solo ha ido una vez antes de esta visita y tiene allí su teniente.
Si saben si procura la paz entre los discordes. –A la veintitrés dijeron que sí.
Figura integrante de una procesión penitencial aparecida recientemente en la ermita de Ntra. Sra. de los Remedios de Ayna durante el proceso de restauración. Detalle.
Si saben si cuida dicho cura de que los diezmos se paguen enteramente, sin alguna disminución y para ello hace públicas la sinodal que habla de esta materia; y si para que le arrienden en precios justos, toma con fidelidad las tazmías y si después, en los arrendamientos de dichas rentas las desampara, y no defiende de las coligaciones y fraudes que son tan comunes en los arrendadores, los hace con ellos dividiéndolas entre sí, o dándoles alguna cantidad porque no las pongan, y fijen, para llevárselas con ganancias exorbitantes, o si recibe por dejarles en la libertad que quieren su porción entera al respecto de la cosecha, o en los granos de mejor calidad, de modo que omiso o culpado en la forma expresada, o en otra cualquier manera solo cuida de su utilidad y no la procura en lo que corresponde al cúmulo de los diezmos, y al gobierno espiritual de sus feligreses en esta parte. –A la veinticuatro dijeron cuida de que se paguen enteramente los diezmos y no tiene coligaciones con los terceros y como después que vino, no se han hecho rentas, no saben si las defenderá y hace publicar la sinodal que habla sobre esta materia y tiene por privativo, el grano de la huerta y las legumbres, y el vino de la huerta.
Si saben si dicho cura a dado sepultura sagrada, dentro de la iglesia y sin derechos a los cadáveres de los niños expósitos dejando de sentar su partida en los libros de entierros, y si no ha cancelado a las amas las cédulas que tuvieren de los hospitales de caridad que no puedan usar de ellas, y si no ha evitado los fraudes que se han experimentado por las amas en sus crianzas, y si ha guardado el dicho cura todo lo dispuesto por la provisión despachada sobre ello, a dos de octubre del año de mil y seiscientos. –A la veinticinco dijeron no haber niño alguno expósito.
Si saben si dicho cura cela, y hace celar la observancia de fiestas exigiendo la pena de seis reales a los transgresores y aplicando los dos reales, tercera parte de dicha pena a la fábrica de la parroquial de este pueblo. –A la veintiséis dijeron que sí.
Si saben si dicho cura o su teniente, ha pasado a echar las bendiciones y casar a algunos que no sean naturales ambos de este pueblo, o alguno de ellos, o aunque lo sean, han hecho ausencia de él ambos, o alguno de ellos o son vecinos de otras partes al dicho tiempo sin proceder licencia de la vicaría de Alcaraz. –A la veintisiete dijeron que no lo saben.
Si saben cuántos eclesiásticos hay en este pueblo. Expresen como se llaman y cuanto  tiempo hace que los conocen. –A la veintiocho dijeron que hay en esta villa los presbíteros siguientes: D. Juan de Ocaña, teniente de cura; D. Diego Rodríguez, interino sacristán y D. Joseph Gorrillo, este ha poco tiempo que está aquí.
Si saben que en todo el dicho tiempo que los han conocido, han vivido y viven honestamente, según su estado, vistiendo hábito talar todo el día y sin haber causado ni causar el más leve escándalo con mujeres, y en caso de haberlo causado o causarlo, expresen con que mujeres, poniéndose el nombre o nombres y sus circunstancias en testimonio separado, o si han causado otro algún escándalo o mal ejemplo sobre todo lo cual den razón  fundada por qué lo saben. –A la veinte y nueve dijeron que todos cumplen con su obligación.
Grupo escultórico de Santa Ana realizado en madera policromada y estofada, aparecido junto a San Miguel formando parte de los materiales de relleno de las obras de restauración que se llevan a cabo en la ermita de Ntra. Sra. de los Remedios de Aýna. Foto cedida por Jesús Moreno
Si saben si hay en este pueblo algún eclesiástico que trate o comercie por sí o por otra persona pública o secretamente, expresen que negociaciones son; por qué lo saben y si de ello se ha seguido alguna nota o mal ejemplo. –A la  treinta dijeron que todos cumplen con su obligación.
Si saben si hay en este pueblo algún presbítero que no celebre el Santo Sacrificio de la Misa, ni rece el oficio divino, ni asista a vísperas ni misas mayores los días de fiesta, expresen quien es dicho presbítero. –A la treinta y una dijeron tienen entendido cumplen con su obligación.
Si saben si hay algunos Beneficios además del Curado, préstamos o medios préstamos en esta iglesia, quienes son sus poseedores, si los sirven por sí, o por tenientes, y si hay alguno vacante y cuanto tiempo hace. –A la treinta y dos dijeron que no hay más que el beneficio curado.
Si saben si hay algunos capellanes sin título del Consejo de la Gobernación de Toledo, poseyendo capellanías y lo mismo si aunque haya tenido título de dicho Consejo, se han casado y continúan en su posesión, o si han muerto, y continúan sus herederos en la dicha posesión disfrutando los bienes, cuánto tiempo hace. –A la treinta y tres dijeron que no.
Si saben cómo se llama el sacristán de esta iglesia, si sirve bien los oficios divinos y tiene aseada y limpia la iglesia, altares y ornamentos, y estos, bien doblados y custodiados, y si toca las campanas a el ser de día, a las doce del día y al anochecer, haciendo señal al Ave María, y si toca, a las Ánimas, en el invierno a las ocho y  el verano a las nueve de la noche y si repica las campanas a la hora de misa mayor, al mediodía, a vísperas, a la oración y Ánimas, según la solemnidad del día. Si oficia los divinos oficios y acompaña a su Majestad cuando le llevan por viático a los enfermos con sotana y sobrepelliz, y a lo menos con dos luces cuando va con su Majestad y si tiene la lámpara del Santísimo ardiendo día y noche, y si tiene los huesos de los muertos en el osario o fuera, y si cuida de que las sepulturas se hagan ondas  para excusar la fetidez sin permitir se abra sepultura donde haya cadáver fresco. –A la treinta y cuatro dijeron que en todos los particulares que comprehende la pregunta, cumple bien.
Si saben si hay maestro de escuela,  expresen como se llama, si asiste como debe a ella, si doctrina y enseña bien los niños, si los lleva al Santo Rosario, y si tiene título del Sr. Juez eclesiástico. –A la treinta y cinco dijeron no hay maestro de escuela por haber muerto.
Si saben si hay comadre de parir examinada y con título, expresen de que tribu y como se llama dicha comadre. –A la treinta y seis dijeron no hay comadre de oficio.
Si saben si hay médico y cirujano, expresen como se llaman, y si a la primera visita de enfermos con calentura recetan los Santos Sacramentos y que hagan testamento.
–A la treinta y siete dijeron que el médico es Don Juan Navarro y el cirujano es D. Joseph Carpe, creen cumple con su obligación.
Imagen de San Miguel en madera  policromada y estofada, aparecida con el material de relleno del suelo de la ermita de Ntra. Sra. de los Remedios de Aýna. Creemos que es la efigie que el vicario ordena que se retoque junto a la de Santa Ana en la visita de 1766. Foto cedida por Jesús Moreno

Si saben si hay algún escándalo público en el pueblo, causado por algún o algunos seculares, con mujeres, o por otro algún pecado, digan con expresión sobre ello y la razón por qué lo saben poniéndose en testimonio separado los nombres de dichas mujeres y sus circunstancias por donde puedan ser descubiertas. –A la treinta y ocho dijeron no saben haya escándalo alguno.
Si saben si el cura o alguno de los eclesiásticos se mezcla en el gobierno secular del pueblo o su Real Justicia, o lo murmura y censura con escándalo de otros. –A la treinta y nueve dijeron que no.
Si saben, de público y notorio, pública voz y fama, digan. –A la cuarenta dijeron que todo lo que llevan declarado es público y notorio, pública voz y fama, y la verdad so cargo su juramento que llevan hecho, y que son verdad. El Esteban Roldán de setenta y tres años; el Pedro García de sesenta y nueve y el Matheo Sánchez Felipe, poco más o menos. Firmó el que supo, con su merced, doy fe. Seguidamente se inicia la visita a la iglesia y ermitas, quedando reflejada documentalmente  en los siguientes términos:
Marca de cantero situada en la parte alta de la torre de la iglesia.
IGLESIA. “… concluida la misa, su merced visitó el sagrario y halló estar reservado su Majestad en dos copones, el uno grande, y el otro más mediano, ambos dorados por dentro y en una cajita dorada por dentro, para llevar el viático a los enfermos; visitó su merced los Santos óleos y la pila bautismal y los halló decentes y bien cebados, en tres ánforas de plata…reconoció su merced los altares y Aras e imágenes y los halló decentes y sin reparo. También visitó los ornamentos y alhajas y halló faltar algunas según el inventario antiguo…”
ERMITA DE SAN BLAS. “…pasó su merced con asistencia del infraescripto notario y otras varias personas a visitar la ermita del Sr. San Blas, intramuros de esta villa y la
Plano urbano de la población de Ayna realizado en 1890 y conservado en el Ayuntamiento de la villa. En el mismo se recoge el emplazamiento que ocupó la desaparecida ermita de San Blas, junto a la casa consistorial.

halló su merced decente, con el altar y ara corrientes y solo se halló necesitar retocarse la imagen del Santo, la de Nuestra Sra. De la Encarnación y la de San Francisco y el crucifijo pequeño de dicho altar…”
ERMITA DE NUESTRA SEÑORA DE LOS REMEDIOS. “…Después continuó su merced la visita en la ermita de Nuestra Sra. De los Remedios, donde se hallaron tres altares, todos corrientes a excepción de uno que no tiene Ara; necesitan retocarse las dos efigies de San Miguel y Santa Ana; estaba la iglesia y los manteles sucios por lo que multó su merced al sacristán en dos ducados. No necesita obra…”
ERMITA DEL SANTO CRISTO DE CABRILLA. “…Después   pasó su merced a visitar la ermita del Santo Cristo de Cabrilla, también intramuros de esta villa, la halló decente. No se encontraron inventarios y reservó su merced mandarlos hacer de los documentos y alhajas de las cuatro ermitas, y lo firmó su merced y doy fe…”   Interior de la ermita del Cristo de Cabrilla. Aýna. Foto cedida por Jesús Moreno
El cansancio de un día tan ajetreado debió de pasar factura al vicario pues en razón a la debilidad manifestada por éste y para que no quedara sin visitar la ermita de San Sebastián, algo más alejada, comisiona al teniente de cura D. Juan de Ocaña, para que  la realice en su nombre con el siguiente resultado:

ERMITA DE SAN SEBASTIAN.
“…Incontinenti y en cumplimiento de lo que se me manda por el auto y comisión antecedente, yo Don Juan Luís de Ocaña, presbítero teniente de cura y juez de comisión en estos autos, pasé a la ermita del Señor San Sebastián, sita extramuros de la villa de Ayna y hice visita de ella en la que encontré un altar con dos pares de manteles, una ara decente y fijada, una cruz quebrada, dos candeleros de bronce y un nicho de madera sin imagen; más había en dicha ermita cuatro bancos, dos de tablas y los otros dos de madera basta y tenía la referida ermita cinco varas de ancho y catorce de largo; su altura de cinco varas; también había un púlpito de madera, una campana en la torre y por tener algo despoblado de teja el tejado, se advertían algunas goteras; las paredes están firmes y en el altar había un frontal de lienzo pintado decente y dicho altar se haya decente para poder celebrar y en este estado se finalizó la visita…”

MANDATOS DE VISITA.
Como resultado de estas indagaciones, se emiten unas recomendaciones de obligado cumplimiento –mandatos– que son recogidos por el notario a instancia del visitador y quedan anotados generalmente en los libros de cuentas de fábrica, aunque también se suelen hallar sueltos, como es el caso de esta visita de 1766. Estos mandatos se dirigen tanto al clero como a los feligreses de la parroquia y guardan relación con alguna irregularidad detectada en la visita, que se podía y debía corregir para el buen desarrollo de la vida parroquial, en cuyo caso se concedía un plazo de tiempo prudencial. El vicario visitador, Marcos Antonio  Espinosa, concluía la finalización de esta visita ordenando que: “…Debía de mandar y mando que el cura propio a costa de las rentas de fábrica, haga se compre una bolsa rica y muy decente para que se lleve a su Majestad por viático a los enfermos y que se compren para la iglesia de Elche, dos capas, una blanca y otra negra, una manga para la cruz, de color blanco, tres sillas de vaqueta para que los diáconos y preste se sienten mientras el sermón y un banco para lo mismo, o tres taburetes decentes en que se sienten cuando haya descubierto el santísimo por no poder sentarse en dicha ocasión en sillas con brazos; asimismo, unos manteles para cada uno de los cinco altares, una docena de purificadores de media vara, seis juegos de corporales, badanas para dichos cinco altares, diez candeleros de metal de media vara de alto, y el costo de todo ello lo mandará pagar el cura propio del sobrante que para en el mayordomo de fábrica de el lugar de Elche, a cuya iglesia es para donde su merced lo manda hacer y que se anote en el inventario de aquella iglesia, y lo que falte, haga dicho cura lo aporte con su libramiento el mayordomo de fábrica de esta parroquial de Ayna, y se haya y entienda como préstamo de esta fábrica para la de Elche, para que lo pague cuando haya sobrantes en aquella; que asimismo haga dicho cura tasar por maestro de su satisfacción el costo de solar en la iglesia de Ayna y remita los autos a la vicaría de Alcaraz. Igualmente “… mandó su merced que el cura propio haga componer y dejar firmes y corrientes las tres cabezas de las campanas para que puedan repicarse según y cómo lo previene el Sínodo.
Una de las campanas mandadas recomponer. Foto cedida por Jesús Moreno.
Sobre el edicto que inicialmente se mandó fijar en la puerta principal de la iglesia, dispuso lo siguiente: “…Y por cuanto se ha fijado edicto con término perentorio de veinte y cuatro horas llamando y convocando a todas las personas que pretendan tener derecho a las capillas y sepulturas que hay en dicha iglesia para que dentro de dicho término presentasen los títulos en este tribunal de visita para visitarlos y reconocerlos, si estaban o no arreglados a las constituciones sinodales, con apercibimiento de que pasado dicho término sin haberlo cumplido, se les declararía por su merced por desiertos, de ningún valor ni efecto cualesquiera título o derecho que pretendiesen tener en adelante, habiéndose pasado dicho término y mucho más sin haberlo cumplido ni presentándose título alguno de capellanías ni sepulturas, declaro su merced por propios de dicha iglesia de Ayna y su fábrica, todas las capillas y sepulturas que hay en ella y por de ningún valor ni efecto todos y cualesquiera títulos y derechos que algunas partes en adelante pretendan alegar, tener y presentar, y el cura o su teniente, lo publique así al ofertorio de la misa mayor en el día primero de fiesta, haciéndoles notorio a los fieles, al mismo tiempo que todos y cualesquiera personas que quieran sepulturas, patronatos y capillas, acudan a pedirlas al Consejo de la Gobernación de Toledo, para lo cual, le quede despacho. Asimismo, mandó su merced se libre despacho cometido al dicho cura o su teniente para que por sí y ante sí, forme inventario de todos los bienes y alhajas de esta iglesia y su sacristía, anotando su peso en dicho inventario; también forme otro separado de las alhajas e imágenes de las cuatro ermitas; también forme otro separado de las posesiones y sus linderos, de la fábrica, ermitas y cofradías, con distinción y claridad, teniendo presentes los libros de la iglesia; también forme otro separado de todos los instrumentos que hay en el archivo, numerándolos, y de los libros y de dichos inventarios remita copias a la vicaría de Alcaraz, por mano de el notario mayor de ésta, para que se archiven en aquel tribunal, lo que evacúe dentro de tres meses bajo la multa de veinte ducados… También mandó su merced, que el sacristán cobre las capitas y rompimientos y demás derechos de las funciones de iglesia y no toquen a la fábrica, y los ponga en poder de el mayordomo, recogiendo los recibos para que en las futuras visitas se le haga cargo, lo que cumpla dicho sacristán, con apercibimiento de que se le hará cargo de lo que no cobre, y cuide de las ermitas y su aseo y limpieza, entregándose de sus alhajas como responsable que es: Y por cuanto así, la iglesia de Elche como la de ésta de Ayna se hallan sin sacristanes en propiedad, y no queriendo usar por ahora su merced del privativo derecho de nombrarlos, así en calidad de visitador, como de vicario, por haber radicado conocimiento sobre ello en la vicaría de Alcaraz, desde la vacante del  curato, mandó su merced se haga saber al cura propio, que dentro de un mes nombre sacristanes para ambas iglesias que sean hábiles, los cuales presenten en dicha vicaría los nombramientos con las fianzas correspondientes a satisfacción de dicho cura, para su aprobación, con apercibimiento de que pasado el dicho término, los nombrará su merced, y también se libre otro despacho cometido a dicho cura o su teniente, para que por sí y ante sí, haga requerir a cada uno de los que pagan censo o memoria de la iglesia y obra pía, las reconozcan dentro de quince días siguientes a la notificación y entreguen copia autorizada de el escrito para que se archive en dicha parroquial, lo que cumpla cada uno de los notificados bajo censuras precisas latae sentenciae, y pasado el dicho término, los ponga en tabla y publique por tales excomulgados, sin quitarlos ni absolverlos hasta ver mandamiento superior contrario o que los hayan cumplido y a continuación del libro de fábrica se anoten por mandatos los particulares correspondientes a este Auto por el cual así su merced lo proveyó, mandó y firmó…”
Músico tocando un instrumento de viento, integrante del desfile descubierto en la ermita de Nuestra Sra. de los Remedios de Ayna. Detalle.
Otra de las obligaciones del vicario respecto del 
 cura propio de la villa, es la de pedirle  información precisa que le permita conocer las rentas que produce su curato y otros beneficios obtenidos en su iglesia, así como del número de patronatos de laicos y eclesiásticos constituidos en la población, sin olvidar si en ésta se ha producido algún escándalo o tiene conocimiento de la existencia de usureros, que diga quienes son. El párroco le manifestó:
“…debo decir que por razón de que hace corto tiempo que vine a este curato y en él haber estado con terciarias, no estoy bastantemente instruido en los particulares que contiene, por tanto, respecto al primero, me remito a las copias y no pretendo yo por lo arriba dicho, dar razón fija de lo que asciende el total de la renta de este mi curato y sí solo informarme para la observancia de lo mandado, resulta que me informan personas de pulso y conocimiento de ella que fuera de gastos de tenientes para esta villa, sus cortijos y para su anejo Elchecico y sus aldeas, etc. será su renta quince mil reales, poco más o menos, entrando primicias, diezmos, privativos, etc. y entrando dichos gastos, veinte y un mil reales poco más o menos por quinquenio, el total de todos ramos en el mencionado curato. En el particular de beneficios no hay alguno y sí seis capellanías y un patronato, que se poseen por D. Jacinto López Garcés, D. Diego Rodríguez, D. Roque Reina y D. Jacinto Rodríguez, de los cuales D. Roque reside en la ciudad de Alfaro y los dos D. Jacintos en Elchecico, anejo de esta villa y D. Diego en ella; y finalmente, el patronato lo posee dicho D. Jacinto López Garcés. Por lo tocante a si son colativas me remito a sus fundaciones y también por lo tocante a las residencias y solo puedo decir que el referido D. Jacinto López, tiene obligación de decir los sábados, digo los días de fiesta, la misa de alba, carga de una de las capellanías, que hoy la dice por él, D. José Zorrilla, presbítero; pero en lo perteneciente a si hay enajenados bienes de iglesia o obras pías, me remito a los respectivos libros de sus fundaciones y visitas eclesiásticas de ellas, y asimismo, sé que en este pueblo hay cuatro ermitas intituladas de Nuestra Sra. De los Remedios, de el Sr. Cristo de Cabrillas, de San Sebastián y San Blas, y solo ésta tiene patrón que hoy es Francisco Roldán, quien posee bienes con obligación de mantenerla, vínculo que fundó Ginés González Amores, y las otras se dicen de esta villa ser propias y finalmente por lo perteneciente a los escándalos y usuras, no sé que haya escándalo público ni otra cosa semejante en éste ni en los vecinos pueblos que es cuanto puedo certificar y jurar, in verbo sacerdotis, como se manda…”
SANCIONES Y EXCESOS.
El hallazgo de infracciones cometidas por gentes de la villa que participaban de la vida parroquial, por desviarse de los cauces de conducta que la iglesia marcaba para todo buen cristiano y que afectaba tanto a laicos como a eclesiásticos, como consecuencia del rígido control ejercido por las autoridades eclesiásticas, en este caso el vicario, tuvo como resultado la imposición de sanciones que podían ir desde una simple multa hasta la excomunión. Es lo que le ocurrió a Domingo García al no cumplir con el pago del derecho de visita de las ermitas, como veremos: “…habiendo hecho la visita de las ermitas del Sr. San Blas del lugar de Elche, aldea de esta villa, de la de San Sebastián de esta villa, la de el Santo Cristo de Cabrilla y la de Nuestra Sra. De los Remedios también de esta villa, y de la de San Blas también en esta villa, de las cuales es patrona la citada villa de Ayna, y solo tiene caudal la de San Blas de ella, de que se han pagado los cuatro ducados, derechos de la visita, no teniendo caudales conocidos las otras cuatro ermitas, más que los propios del concejo de esta villa y del citado lugar de Elche que son unos mismos, y se manejan por una justicia y por un mayordomo, tocando a estos dichos propietarios pagar la visita de dichas cuatro ermitas, y no habiéndolo hecho el pago el mayordomo de villa, ni acudido a hacerlo  como ha debido, mandó su merced se le haga saber a Domingo García, mayordomo de dichos propietarios que dentro de la hora de la notificación pague los diez y seis ducados que debe de la visita de dichas cuatro ermitas y se le dé recibo para sus cuentas por el presente notario, lo que cumpla dicho mayordomo bajo censuras precisas latae sentenciae, con intimación al cura  para que le haga poner en tabla y por tal descomulgado publicar, sin quitarle ni absolverle de la excomunión hasta ver mandamiento de su merced contrario, o que le conste haberlo cumplido…” Seguidamente, tras comunicar a los interesados el auto precedente, el notario se pasó por la iglesia: “…certifico y doy fe que habiendo pasado a la iglesia parroquial de esta villa de Ayna y registrado el sitio donde se acostumbra poner en tabla a los excomulgados, vi que inmediato a la pila del agua bendita hay un papel fijado en que dice está excomulgado por una deuda Domingo García, depositario…”
El final de la visita era el momento de presentar ante el vicario, por escrito, las reclamaciones que se estimaran pertinentes, como tenemos oportunidad de comprobar a continuación: “…Matheo Moreno, vecino de esta villa y mayordomo administrador de las rentas y censos pertenecientes a la memoria de las Benditas Ánimas sita en esta parroquial; ante vuestra merced, como más haya lugar digo: Que hace el tiempo de quince años con corta diferencia que me hallo con dicho nombramiento de tal administrador, haciéndome cargo en todas las cuentas de tres censos que el uno se nomina contra Bernardo Pérez y consortes, cuyos réditos anual importa sesenta y nueve reales; y el otro contra Don Jacinto López Garcés, de siete reales y siete maravedíes anuales; y el otro sobre una huerta en el Tiñoso, cuyos réditos ignoro; y aunque de dichas cantidades, que lo son considerables, se me ha hecho cargo por los antecesores de vuestra merced, no se ha podido indagar expresamente los deudores, por cuyo motivo padezco el desembolso que a mi vez no es justo por no haber percibido maravedíes algunos de los citados censos, por cuya razón: Suplico a vuestra merced se sirva mandar que en las presentes cuentas se me admita por descargo los rentos o maravedíes que importaren del tiempo de mi administración, y que cuando a ello lugar no haya, se reconozcan las escrituras de censo o asiento fijo de quien los debo cobrar, imponiendo para ello censuras para que con la brevedad que corresponde, me reintegre de dichas cantidades por ser justicia que pido…”

Para concluir indicaremos que un hecho de estas características, como es “la visita pastoral” realizada en una determinada villa, en este caso Ayna, en donde claramente se deduce por los documentos generados el control que se ejercía por la autoridad eclesiástica sobre las personas y su modo de vida, constituye a su vez, una fuente para el conocimiento de diversos aspectos de tipo económico, social y cultural, referidos a ese preciso  momento.
De esta manera sabemos cuáles eran las rentas que generaba la parroquia; la clase de mobiliario que tenía o faltaba; el número existente de imágenes, altares y ermitas, algunas de éstas desaparecidas hace tiempo, como la de San Blas y San Sebastián, de las que conocemos sus dimensiones y su lugar de emplazamiento; etc… Aún así, se trata de una fuente parcial[11] que tendremos que tener en cuenta debido al carácter unilateral del documento.
Desafortunadamente, no tenemos constancia de la existencia de otros documentos sobre visitas pastorales en la provincia de Albacete[12], tan completos como ésta de Ayna, aunque es muy posible que el actual proceso de catalogación en que se encuentra inmerso el Archivo Diocesano de Albacete, nos brinde alguna agradable sorpresa.
                                                                                                                 Pedro José Jaén Sánchez
Licenciado en Geografía e Historia


[1] Cárcel Ortí, M.M.: “las visitas pastorales” Boletín  castellonense de cultura, 58. (1982)
[2] García Hourcade, J.J., Irigoyen López, A.: “Notas sobre las visitas pastorales en la Diócesis de Cartagena (Edad Moderna). Contrastes nº 12. 2001-2003. Pág. 267-268
[3] Ortíz de Salcedo, F.: Curia Eclesiástica para secretarios de prelados, jueces eclesiásticos, ordinarios y apostólicos y visitadores…cuya primera impresión data de 1610 con otras reediciones sucesivas en 1666, 1759, 1764,1766, etc.
[4] Algunas diócesis como la de Cartagena, limitaron a no más de dos criados y un notario, junto con tres cabalgadoras su número. Recogido de García Hourcade e Irigoyen López: Notas sobre las visitas pastorales en la Diócesis de Cartagena. Contrastes nº 12- pág. 270.
[5] Sobre el modo en que se llevaba a cabo la visita general, sigo la exposición que recogen en sus obras  autores como Arranz Guzmán, A; García Hourcade, J.J; Irigoyen López, A. y Pueyo Colomina, P.
[6] Ortíz de Salcedo, F. cit. En nº 3, pág. 281-285.
[7] La lista de pecados públicos era muy extensa, dando cavida entre otros a usureros, falsarios, jugadores, amancebados, adúlteros, hechiceros, adivinos, ensalmadores, saludadores, blasfemos, incendiarios, etc.
[8] La inspección era tan minuciosa que en el manual de Ortiz de Salcedo se indica la manera de comprobar si el Crisma (uno de los aceites consagrados, compuesto de aceite de oliva y una pequeña cantidad de bálsamo) se conservaba en buen estado. Para ello se procedía echando en una fuente de agua unas gotas de cera de una vela, acercándose luego a la cera las plumas que están dentro del Crisma, si la cera huía el Crisma se hallaba en buenas condiciones.
[9] Ortíz de Salcedo, F. cit. En nº 3. Pág.421
[10] Afortunadamente, este panorama está cambiando en el Archivo Diocesano de Albacete, gracias a la labor de clasificación de estos fondos que en la actualidad vienen realizando en este archivo Mª Jesús Cebrero, Pilar García y Mercedes Royuela. A ellas y al personal del archivo, mi gratitud. Los documentos a los que hago referencia se encuentran actualmente clasificados e incluidos en la caja 3054 correspondiente a Ayna.
[11] Pueyo Colominas, Pilar: Propuesta metodológica para el estudio de la visita pastoral.Memoria Ecclesiae nº 14. 1999. Pág. 509
[12] En el Archivo Diocesano de Albacete, se conserva un documento de seis hojas, sin clasificar, correspondiente a la vicaría de Yeste, sobre una visita pastoral secreta realizada a las villas de Letur, Férez y Socovos. Consta de 40 preguntas que coinciden con las de la visita de Ayna en lo fundamental. Está fechado el 11 Noviembre de 1618. También se conservan los Autos Generales Secretos referidos  a otra visita pastoral realizada un año después (1767) por el mismo vicario y notario de Alcaraz a la villa de Barrax. En esta visita, el vicario declara que: “…por no hallar seguridad de personas imparciales omití el examen y el interrogatorio…”


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